Desde mediados del siglo XX, tras los horrores de la Segunda Guerra Mundial, la humanidad buscó mecanismos permanentes para juzgar los crímenes atroces en las guerras y conflictos alrededor del mundo. En 1998, ciento sesenta países firmaron el Estatuto de Roma que estableció la Corte Penal Internacional para juzgar a los responsables de crímenes de lesa humanidad en los casos en los que los Estados no actúen diligentemente. En 2021 Colombia recibió la visita de la Corte, que verificó que la tarea de la Jurisdicción Especial para la Paz JEP se está desarrollando correctamente y los crímenes cometidos durante el conflicto armado nacional no quedarán impunes.
A finales de los años noventa del siglo pasado la comunidad internacional miró hacia atrás y solo encontró horror. El siglo XX fue el más violento de la historia humana. Solo en la segunda mitad, tras la desolación que dejó la Segunda Guerra Mundial, hubo más de 250 conflictos armados en el mundo, murieron más de 86 millones de civiles y más de 170 millones de personas sufrieron la violación de sus derechos. Y la mayoría de las víctimas no encontraron ninguna reivindicación en la justicia, nacional o internacional.
Por eso, ciento sesenta países decidieron establecer una Corte Penal Internacional. Era el 17 de julio de 1998 y el lugar era Roma. Por eso el Estatuto de Roma es el instrumento que constituye esta Corte, que tiene la responsabilidad permanente de juzgar a los responsables de genocidios, crímenes de guerra y contra la humanidad y los delitos más graves alrededor del globo. Así como medio siglo antes el establecimiento de las Naciones Unidas había cambiado la estructura global, la aprobación de la Corte Penal Internacional fue de importancia similar. El secretario de la Organización de Naciones Unidas, Kofi Annan, dijo que era “un paso gigantesco en favor de los derechos humanos universales y del imperio de la ley". En resumen, el objetivo principal del Estatuto de Roma y la Corte Penal Internacional es proteger tanto la paz y la seguridad internacional y al interior de las naciones, como a los derechos humanos.
Se podría pensar que todos los países estaban en favor de un mecanismo que garantizara los derechos humanos, pero no fue así. Este fragmento de un episodio de Carta Abierta explica las dificultades a la hora de lograr el apoyo de todos los países y, luego de su aprobación, el funcionamiento de la Corte.
Novoa, Armando (1998). Carta Abierta [Justicia Universal y Paz]. Bogotá: Corporación Centro de Estudios Constitucionales Plural. Archivo Señal Memoria, BTCX30 011716.
La idea de crear un mecanismo permanente para juzgar crímenes atroces alrededor del mundo ya venía desde los juicios de Nüremberg y Tokio tras la Segunda Guerra Mundial, pero no había prosperado. Otras instituciones, como la Corte Internacional de Justicia, cubrían las disputas entre Estados pero no cubrían las responsabilidades individuales. Había varios reglamentos que prohibían los crímenes de guerra, pero no una plataforma consolidada que se aplicara y asegurara que los responsables respondieran.
Es por eso que la Corte Penal Internacional, con sede en la Haya (Países Bajos), y el Estatuto de Roma, que entró en vigor el 1 de julio de 2002, es tan importante para la historia de la defensa de los derechos humanos: una institución permanente que puede actuar rápidamente cuando los Estados no investigan los crímenes que suceden en sus territorios. Aunque ha habido guerras entre países en el último siglo, la mayoría de las violaciones más graves de los derechos humanos recientes han ocurrido en conflictos internos e incluso por parte de los mismos Estados. Entonces, cuando un Estado no puede garantizar la justicia efectiva en este campo, la Corte interviene y se ocupa de los crímenes graves. Es decir, es la última instancia.
Genocidios, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra: violaciones graves de las Convenciones de Ginebra en 1949. El Estatuto de Roma define estas categorías y en su interior contempla ataques sistemáticos contra la población civil, asesinatos, exterminios, violaciones, desapariciones y más. El Estatuto de Roma aplica siempre, en tiempos de paz o de guerra, sin excepciones.
Vladimiro Naranjo, entonces magistrado de la Corte Constitucional de Colombia, explica el tema y su relación con la institucionalidad colombiana.
Novoa, Armando (1998). Carta Abierta [La Corte Penal Internacional]. Bogotá: Corporación Centro de Estudios Constitucionales Plural. Archivo Señal Memoria, BTCX30 011847.
Colombia fue uno de los países que ratificó el Estatuto de Roma desde el primer día. Y con la llegada del acuerdo de paz entre el Estado y las Farc, y la certeza de que durante el conflicto armado de más de medio siglo se habían cometido crímenes de lesa humanidad, la Corte Penal Internacional puso los ojos en el país. Pero como la Corte sólo actúa si el país no lo hace, esperaba para determinar cómo se desarrolla la acción de la Jurisdicción Especial para la Paz, a la vez que adelantaba un examen preliminar para comprender mejor la situación, como escribió María Andrea Hernández para RedIntercol.
En octubre de 2021, explica Hernández, vino la Corte Penal Internacional al país y verificó que estaba operando de manera adecuada el proceso de la JEP para evitar que crímenes de lesa humanidad queden impunes. La Corte invitó a continuar con las investigaciones y juicios siguiendo el Estatuto de Roma y firmó un acuerdo de cooperación con el Gobierno. Eso no se debe leer como una señal de que todo está perfectamente bien, pero sí como un respaldo para continuar por el camino de la verdad, la justicia, la reparación y la construcción de paz en el país. Esa, al final, es la meta de la Corte alrededor del mundo.