Ya con esta son 14 condenas que hasta 2019 el Estado colombiano tiene por parte de la CIDH. Aunque todas tienen una carga económica, el fondo está relacionado por las continuas fallas de Estado en la protección y garantía de los derechos humanos, sociales, políticos, culturales y económicos de las personas.
Señal Memoria explica de manera fácil un ABC de la sentencia que responsabiliza al Estado colombiano por el exterminio político de la Unión Patriótica
El fallo se explica en 199 páginas, divididas en 11 capítulos que describen desde la presentación del caso por parte de los demandantes, la respuesta del Estado colombiano frente a estas acusaciones, hasta las consideraciones u observaciones de la Corte respecto a cada uno de los aspectos de la demanda. Al final como en todo fallo se establecen las reparaciones por parte del Estado a las víctimas frente a los hechos probados.
En el siguiente fragmento, tomado del Archivo Señal Memoria, podremos observar una nota periodística sobre el fallo de la Corte Interamericana acerca de la reparación a las familias de los profesores Isidro Caballero Delgado y María del Carmen Santana por su desaparición. De esta manera, se obliga al Estado colombiano a pagar $89.500 dólares a los familiares de los docentes.
Programar Televisión (Productor). (1983-2001). Decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre caso de docentes desaparecidos en 1989 [Noticiero]. Colombia: Instituto Nacional de Radio y Televisión - Inravisión. Archivo Señal Memoria, BTCX60-064234.
La demanda
La historia jurídica comenzó cuando en 1993, un grupo de sobrevivientes de la UP, presentó un caso ante la CIDH, buscando la reparación simbólica y material de asesinatos, torturas, desapariciones, entre otros derechos vulnerados, a quienes militaban o lideraban un ejercicio político de la UP en diferentes zonas del territorio colombiano.
La Sentencia
En resumen la Corte identificó un número de víctimas directas de los hechos de violencia sistemática en contra de integrantes y militantes de la UP entre 1984 y 2006 que supera las seis mil personas. En esa cifra se encuentran incluidos, entre otros, 521 casos de desaparición forzada de personas, 3170 casos de ejecuciones extrajudiciales, 1596 casos de desplazamiento forzado, 64 casos de tortura, 19 casos de judicializaciones infundadas, 285 casos de atentados o tentativas de homicidio, y 10 casos de lesiones.
Además de esto se encontraron diferentes hechos relacionados con las investigaciones y procedimientos judiciales, abarcando también la pérdida de la personería jurídica de la Unión Patriótica.
Las reparaciones
En un plazo no mayor a dos años iniciar, impulsar, reabrir y continuar las investigaciones sobre los hechos que afectaron a los miembros de la UP, con el fin de establecer la verdad de los hechos relativos a graves violaciones a los derechos humanos y determinar las responsabilidades penales que pudieran existir.
- Efectuar una búsqueda para determinar el paradero de las víctimas desaparecidas cuyo destino aún se desconoce.
- Brindar el tratamiento médico, psicológico, psiquiátrico o psicosocial a las víctimas que así lo soliciten.
- Realizar las publicaciones y difusiones de la Sentencia y su resumen oficial.
- Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.
- Establecer un día nacional en conmemoración de las víctimas de la UP y efectuar actividades para su difusión, entre ellas en escuelas y colegios públicos.
- Construir un monumento en memoria de las víctimas y de los hechos cometidos en contra de los integrantes, militantes y simpatizantes de la UP.
- Disponer placas en al menos cinco lugares o espacios públicos para conmemorar a las víctimas.
- Elaborar y difundir un documental sobre la violencia y estigmatización contra la UP.
- Realizar una campaña nacional en medios públicos con la finalidad de sensibilizar a la sociedad colombiana respecto a la violencia, persecución y estigmatización a la que se vieron sometidos los dirigentes, militantes, integrantes y familiares de los miembros de la UP.
- Realizar foros académicos en al menos cinco universidades públicas en distintos lugares del país sobre temas relacionados con el presente caso.
Autor: Hugo Fernando Guerra